IZQUIERDA UNIDA DE  CASTILLA LA MANCHA


AL PLENO DE LA CORPORACION LOCAL

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  • El Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, someto al Pleno de la Corporación para su toma en consideración, si procede, la presente proposición para concesión de ayudas a expresos y represaliados políticos, que deberá incluirse expresamente como punto del orden del día de la primera sesión que se convoque.

     

    -EXPOSICION DE MOTIVOS-

     

    Las Leyes Generales de Presupuestos del Estado de 1990 y 1992, a través de sendas disposiciones adicionales, establecieron indemnizaciones a favor de quienes sufrieron prisión como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de Octubre, de Amnistía, siempre que se tratara de permanencias en prisión por un mínimo de tres años, dejando fuera de protección al resto de expresos y represaliados políticos.

    El propio Defensor del Pueblo recomendó que las Comunidades Autónomas que no lo hubieran hecho (hasta hoy ya han dictado normas Navarra, Asturias, Castilla y León, Aragón y Madrid), tomasen iniciativas para corregir lo que de agravio comparativo y de injusto tiene la aplicación de la mencionada norma estatal. Resulta de justicia que la cobertura de tales indemnizaciones lleguen a los castellano-manchegos que, habiendo sufrido prisión en los supuestos contemplados en la citada Ley de Amnistía, no hubieran cumplido los requisitos exigidos por las mencionadas leyes estatales.

             Así el Pleno de las Cortes de Castilla La Mancha en sesión celebrada el día 30 de Noviembre de 2024 aprobó la proposición no de ley 05/0501-0089 presentada por diputados/as del Grupo Parlamentario Socialista por la que se instaba al Gobierno de la región a que en un plazo no superior a seis meses elaborara un estudio del número de castellano-manchegos que afectados por la Ley 46/77, de Amnistía quedaron fuera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 1990 y 1992, así como que se adoptaran cuantas disposiciones fueran precisas para regular la concesión de indemnizaciones en función del tiempo de permanencia en prisión de los afectados.

    Transcurrido el plazo de seis meses acordado y otros siete más, sin que tengamos conocimiento que por el Gobierno Regional se hayan cumplido los antedichos acuerdos, y debido a que la edad de los afectados no permite olvidos de ésta naturaleza, y que sigue por tanto siendo urgente y necesario regular en Castilla La Mancha el derecho a percibir la correspondiente indemnización para todas aquellas personas que, gozando de la condición política de castellano-manchego, hubieran sufrido privación de libertad durante un periodo inferior a tres años o no cumplan el resto de requisitos exigidos en la normativa estatal.

             Que además, la norma demandada, quiere ser el cauce por el que se testimonie el respeto de la comunidad con aquellas personas que pasaron, injustamente, una parte de su vida en prisión, y fueron sometidos a las más penosas ofensas por defender la libertad y los valores democráticos en Castilla-La Mancha y en España, intentando mitigar así, en la medida de lo posible, el daño moral y los perniciosos efectos sufridos por aquellas personas que, por razones diversas, han resultado marginados y completamente olvidados.

     

    Que se trata, en todo caso, de cubrir, de manera definitiva, las lagunas dejadas por la normativa estatal y atender el bien común de la sociedad global, en general, y la castellano-manchega, en particular, que exige recompensar a quienes por luchar por la libertad y el establecimiento de la convivencia pacífica en España se vieron privados de su libertad personal.

    Por todo ello, recogiendo la petición realizada por la Plataforma de Expresos y Represaliados Políticos de Castilla-La Mancha, el Grupo Político de Izquierda Unida propone al Pleno la aprobación de la siguiente

     

    -RESOLUCION-

     

    1º) El Pleno del Ayuntamiento insta al Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha a que de forma inmediata cumpla con los acuerdos derivados de la proposición no de ley 05/0501-0089, aprobada por las Cortes Regionales con fecha 30 de Noviembre de 2024, relativa a elaboración de estudio y reconocimiento de las personas que afectadas por los supuestos de la Ley 46/77 de 15 de Octubre, de Amnistía, quedaron fuera de las disposiciones decimoctavas de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 1990 y 1992 por no cumplir cualesquiera de los requisitos establecidos en las mismas.

    2º) El Ayuntamiento Pleno insta al Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha a que elabore una norma que regule la concreción de las correspondientes indemnizaciones a las personas que resulten beneficiarias, excluidas por no cumplir los requisitos de la normativa estatal, que hayan sufrido privación de libertad en establecimiento penitenciario, definiendo dichas indemnizaciones como prestaciones únicas y no periódicas en función del tiempo de permanencia en prisión.

    3º) El Pleno Corporativo insta al Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha a que apruebe con la mayor urgencia posible con cargo al presupuesto del 2024 la concesión de las indemnizaciones a las personas afectadas o herederos no incluidas en las leyes estatales.

    Copia de este acuerdo se hará llegar a la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

     

    Fdo:

    Portavoz Grupo Municipal IU